¿Puede Ayuso negarse a acatar las medidas de ahorro energético del Gobierno?

¿Puede Ayuso negarse a acatar las medidas de ahorro energético del Gobierno?

La presidenta de la Comunidad de Madrid ha mostrado su rechazo a la limitación de temperatura o el apagado de los escaparates, mientras su vicepresidente anuncia que estudiarán el real decreto-ley y que recurrirán lo que no sea "constitucional".

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una imagen de archivo.Horacio Villalobos via Corbis via Getty Images

A la luz de los acontecimientos, el rechazo de la Comunidad de Madrid a varias de las medidas del plan de ahorro energético del Gobierno tiene todos los visos de convertirse en el nuevo caballo de batalla del Ejecutivo regional de Isabel Díaz Ayuso contra el central. La mandataria madrileña se declaró en rebeldía asegurando que no lo aplicaría y que “Madrid no se apaga”, tan solo momentos después de que el Consejo de Ministros aprobase el primer paquete de iniciativas.

Dicho real decreto-ley contiene limitaciones de la temperatura en edificios públicos o centros comerciales a 27 grados la temperatura mínima del aire acondicionado y a 19 grados el máximo de la calefacción y obliga al apagado de luces en escaparates a partir de las 22.00 horas, cuestiones que para Ayuso generan “inseguridad y espanta el turismo y el consumo” o que “provoca oscuridad, pobreza, tristeza”.

Más allá de este nuevo desafío al Gobierno de España, ahora surgen varias incógnitas, pero la principal es la siguiente: ¿Realmente puede la Comunidad de Madrid negarse a acatar medidas impulsadas a través de un real decreto-ley? La respuesta es más complicada que un simple sí o un no y obliga a abordar antes otros interrogantes.

¿Se puede desobedecer una norma de rango estatal?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el paquete, en sintonía con la amenaza inminente que supone la amenaza de un eventual corte energético por parte de la Rusia de Putin, se ha adoptado con carácter urgente en forma de real decreto-ley. Por lo que se trata de una norma de rango estatal.

“Las Comunidades Autónomas y sus presidentes/as tienen que respetar la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, y para ello la propia Constitución establece, en primer lugar, en el artículo 153, unos controles que atribuye a los tribunales (Tribunal Constitucional, tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa y al Tribunal de Cuentas, además del específico control del ejercicio de funciones delegadas)”, apuntan fuentes del despacho Cremades & Calvo Sotelo.

Una cosa es lo que dicen los políticos en clave política para el apoyo y aplauso de su electorado y para desgastar al adversario y otra lo que pueden hacer y hacen como autoridades del Estado
Fuentes de Cremades & Calvo Sotelo

Desde la firma también recuerdan a su vez que hay otro tipo de instrumentos de control como “en segundo término, en el artículo 155, un mecanismo concreto para los supuestos más graves de incumplimiento de las obligaciones de las Comunidades Autónomas”. El mismo que se empleó con la Generalitat de Catalunya tras el desafío independentista del procés. “Una cosa es lo que dicen los políticos en clave política para el apoyo y aplauso de su electorado y para desgastar al adversario y otra lo que pueden hacer y hacen como autoridades del Estado”, valoran desde Cremades & Calvo Sotelo.

No es la única opinión jurídica en este sentido. “Las medidas son de obligado cumplimiento al ser de carácter estatal y general”, explica Ignacio de Luis, abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). El experto también señala que “lo que no es ajustado a derecho es un llamamiento a la desobediencia”.

¿Qué ha dicho la Comunidad de Madrid que haría hasta el momento y qué puede hacer?

No obstante, la clave de este conflicto no está en las declaraciones de la presidenta madrileña, sino en las de sus vicepresidente, Enrique Ossorio. El martes -es decir, al día siguiente de que Ayuso aseverase que “Madrid no se apaga”-, el también consejero de Educación salía a aclarar la que será la estrategia de la Comunidad de Madrid en este caso, llevarlo a los tribunales si consideran que alguna parte “no es constitucional”. Durante una visita al colegio público Tempranales de San Sebastián de los Reyes, Ossorio explicaba a los medios que estudiarían el real decreto-ley y que “la Comunidad de Madrid, dentro de su ámbito de competencias, no lo va a aplicar [el paquete de medidas]”. Y todo apunta a que ése será el gran factor, un posible choque competencial.

“El recurso de inconstitucionalidad creo que iría, con muchísima cautela porque es un tema político, por un posible tema de competencias e injerencias”, detalla Carlota Zapata, abogada especializada en Derecho Administrativo de la firma Legálitas. “Supongo que antes de incumplirlo [el real decreto] estudiarán muy bien lo que es ámbito de su competencia” y “lo que es de competencia estatal pues tendrán que cumplir y luego recurrir, pero habrá que ir viendo cómo se desarrolla”, precisa.

Creo desde un principio que es un tema de competencias porque no veo que de otra manera se puedan vulnerar preceptos constitucionales
Carlota Zapata, abogada de Legálitas

Además, Zapata valora que “creo desde un principio que es un tema de competencias porque no veo que de otra manera se puedan vulnerar preceptos constitucionales”. Se trata de una cuestión que le recuerda en gran medida a lo sucedido con algunas de las medidas adoptadas durante el Estado de Alarma tras la irrupción de la pandemia, que luego fueron tumbadas por el Tribunal Constitucional: “Es perfectamente comparable a lo que sucedió”.

Precisamente, en declaraciones a la Cadena COPE, el propio Ossorio ha ratificado este miércoles dichas pistas de por dónde irán las acciones de la Comunidad de Madrid para ejercitar ese manifiesto rechazo al real decreto-ley: “Lo que tenemos que realizar es si esos título que el Estado invoca para meterse de esa manera en la vida de las Comunidades Autónomas y de los comerciantes y los ciudadanos son suficientes para que sean de carácter básico”.

Que ese camino judicial está sobre la mesa también lo tienen claro en Cremades & Calvo Sotelo. “Si una Comunidad Autónoma no se considera obligada a cumplir lo establecido en una norma del Estado no puede por decisión propia dejar de cumplirla, sino que tendrá que recurrirla ante los Tribunales dentro de los márgenes que la Constitución y las leyes permiten, alegando su inconstitucionalidad o infracción de la propia competencia”, detallan fuentes del despacho subrayando que “otra cosa no es jurídicamente posible”.

De la misma forma, el abogado de la ICAM Ignacio de Luis incide en que “sin perjuicio de ello, [las medidas] pueden ser recurridas ante el Tribunal Constitucional si la Comunidad de Madrid entiende que invade competencias o vulnera derechos”.

¿Cuál ha sido la respuesta del Gobierno al rechazo de Ayuso?

Al día siguiente de conocerse la reacción de Ayuso, distintos miembros del Gobierno de España comenzaron a pronunciarse sobre el rechazo en un crescendo que culminó con las declaraciones del presidente, Pedro Sánchez, al término de su tradicional despacho con el rey Felipe VI. Todas ellas tenían un componente en común, las críticas a una postura calificada de “egoísta” y el argumento de que la ley es de obligado cumplimiento.

La vicepresidenta Nadia Calviño afeó a Ayuso su “falta de solidaridad y egoísmo”, mientras que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, fue un paso más allá asegurando que se tomarían medidas contra aquellos que no cumpliesen las medidas.

El propio Sánchez, sin mencionar directamente a Ayuso, hizo un llamamiento tanto a la clase política, como a los partidos y a las administraciones públicas para que “huyan de un comportamiento egoísta, unilateral e insolidario”. También dejó una frase tajante: “La ley en España se cumple”. Y tras esa frase, Ayuso redobló su órdago con un nuevo tuit: “Sánchez dice: España se apaga hasta que comience mi campaña electoral para ser solidarios ‘con la UE’. La respuesta es NO”.

Horas más tarde comenzaban a conocerse en los medios de comunicación las sanciones que se impondrían a quienes incumpliesen el real decreto-ley, una horquilla de multas de entre 60.000 y 100 millones de euros.

¿Qué pasa si la Comunidad de Madrid o una persona incumple alguna de las medidas del plan de ahorro energético?

Una vez conocidas la magnitud de las sanciones por incumplir el plan de ahorro energético, que se resolverían por la vía administrativa al estar contenidas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), se han despejado ciertas dudas sobre qué pasaría con su incumplimiento. “En cuanto a particulares, es obligatorio y el Estado puede sancionar. En cuanto a edificios de la Comunidad de Madrid, lo mismo. Se puede sancionar a la Comunidad”, expresa Ignacio de Luis, abogado de la ICAM.

De la misma manera, Carlota Zapata recuerda que “habitualmente lo que se abre es un expediente sancionador a través de una inspección”. También que en el caso de edificios públicos, hay algunos que son de titularidad estatal, pero otros autonómica. Lo mismo ocurre con competencias sobre el comercio, por ejemplo.

Esta cuestión plantea otra serie de dudas, ¿qué pasaría si la Comunidad de Madrid no pone a disposición los recursos necesarios para vigilar el cumplimiento del plan en el ámbito de sus competencias.

De momento, el conflicto cuenta con menos luces que sombras, pero sin ahorro en el choque.

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Antón Parada es redactor de actualidad en El HuffPost. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Antes de llegar aquí trabajó cinco años en La Voz de Galicia y pasó por los micrófonos de Radio Voz.

Puedes contactar con él escribiendo a: anton.parada@huffpost.es