Así se activará el estado de alarma si lo pide una comunidad autónoma
¿Quién será la autoridad competente? ¿Se puede prorrogar?
Este lunes, el Gobierno ha optado por dejar a las comunidades autónomas la potestad de pedir el estado de alarma en todo o parte de su territorio, para lo que pondrá a su disposición la mayoría del arco parlamentario.
Así lo ha asegurado Pedro Sánchez en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que ha apelado a “doblegar” la segunda curva del virus.
El estado de alarma está regulados en la Constitución española en el artículo 116. Será “declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo”. En ese decreto se determina el ámbito territorial.
Cada comunidad lo solicitará al Gobierno
Pero, cuando los supuestos por los que se declara afecten exclusivamente “a todo, o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el Presidente de la misma, podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma”, según recoge la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio en su artículo quinto.
¿Cuándo lo solicitará?
Según la ley, se puede declarar en todo el país o una parte cuando existan estas alteraciones graves:
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.
d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Lo tiene que aprobar el Gobierno
Una vez el presidente de la comunidad lo solicite, el Gobierno central debe aprobarlo y durará como máximo 15 días. Si se solicita una prórroga deberá tener el visto bueno del Congreso de los Diputados.
La autoridad competente
Si se declara el estado de alarma en una comunidad, el Gobierno delegará como autoridad competente al presidente de la misma. Este podrá requerir la colaboración de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, que actuarán bajo la dirección de sus mandos naturales.
Medidas que se pueden tomar
Se pondrán acordar las siguientes iniciativas:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados.