Qué dice y cómo se reformaría el artículo 49 de la Constitución del que han hablado Feijóo y Sánchez
Feijóo asegura que no va a haber lugar a "ningún tipo de referéndum ni discusión constitucional".
Primer cara a cara entre Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo en La Moncloa. Este jueves, presidente del Gobierno y líder nacional del PP han debatido durante cerca de tres horas en un encuentro “muy cordial pero menos fructífero de lo que me hubiera hustado”, en palabras del aún presidente gallego.
Feijóo ha comparecido en una rueda de prensa posterior a su larga reunión con Sánchez, de la que no ha salido ningún acuerdo en materia económica, aunque sí el compromiso de “retomar las conversaciones” para renovar órganos constitucionales y otros asuntos.
Uno de ellos, sobre los que ha incidido el líder popular, ha sido la variación del artículo 49 de la Constitución, uno de los más polémicos de toda la Carta Magna y que lleva años en vías de reforma.
Esto dice el mentado art. 49:
Es precisamente el término “disminuidos” el que lleva tiempo en cuestión. Hace unos meses, la portavoz del Ejecutivo ya apuntó que “el Gobierno apuesta por un cambio de la Constitución para alterar esa terminología y referirse a ellos como son: personas con discapacidad y no disminuidos”.
Cómo sería el proceso de reforma constitucional
Sin citarlo directamente, Núñez Feijóo sí ha aclarado que Sánchez le ha trasladado su intención de “modificar una denominación de acuerdo con un texto que previamente se pacte en el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) y que tenga el informe favorable del Consejo de Estado y que en ningún caso tenga nada que ver con ningún otro planteamiento que no sea el término exacto del que va a ser modificado”.
“Por tanto, que no va a haber lugar a ningún tipo de referéndum ni discusión constitucional, etc”, ha añadido el presidente del PP, asegurando que Sánchez le ha propuesto un pacto para esta modificación.
“Si estamos de acuerdo con el CERVI, el Consejo de Estado hace un informe favorable sin enmiendas y tenemos ese acuerdo y lo solemnizamos y lo concretamos, entiendo que puede ir a la Cámara la modificación del artículo 49 de la Constitución”, ha rematado Feijóo.
Ese acuerdo entre PSOE y PP es básico para que el nuevo texto vea la luz de forma definitiva. Al tratarse del artículo 49, que está en el Título I, pero no pertenece al Capítulo segundo, Sección primera de ese título, no requiere disolución de Congreso y Senado ni referéndum. Simplemente bastaría con una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, lo que prácticamente se alcanzaría con los asientos de socialistas y populares, a la espera del ‘sí’ de otras formaciones.