Esta es la tabla de retenciones del IRPF que se aplica en las pensiones de jubilación en 2023
Las pensiones también están sujetas al impuesto debido a que se consideran rentas del trabajo.
IRPF. Esa es una de las palabras de moda en este mes de febrero, ya que en muchas nóminas se apreciarán cambios importantes respecto a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
No obstante, el IRPF no solo incumbe a los trabajadores en activo, también es importante para aquellas personas que cobran la pensión de jubilación. El motivo es que, tal y como señala el artículo 17 de la Ley del IRPF, las pensiones se entienden como rentas del trabajo, ya que se perciben gracias al trabajo desempeñado durante la vida laboral.
En concreto, el texto normativo estipula que “tendrán consideración de rendimientos del trabajo las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares”.
De esta forma, más allá de las pequeñas variaciones que pueden llevar a cabo las comunidades autónomas, esta es la tabla de retenciones del IRPF que se va a aplicar en las pensiones de jubilación durante el año 2023:
- Pensiones de hasta 12.000 euros anuales: 1% de retención mínima.
- Pensiones de entre 12.001 y 18.000 euros anuales: 2,61% de retención mínima.
- Pensiones de entre 18.001 y 24.000 euros anuales: 8,69% de retención mínima.
- Pensiones de entre 24.001 y 30.000 euros anuales: 11,83% de retención mínima.
- Pensiones a partir de 30.001 euros anuales: 15,59% de retención mínima.
En cualquier caso, al tratarse de retenciones mínimas, el porcentaje final que se aplica se ve influenciado por las características personales de cada pensionista (estado civil, personas a cargo, discapacidades…).
Cabe recordar que esa retención es una cantidad que se ‘adelanta’ cada mes a la Agencia Tributaria con la finalidad de que, a la hora de efectuar la Declaración de la Renta, no existan grandes desequilibrios entre lo que se ha pagado y lo que se debería pagar por el impuesto.
No obstante, hay que tener en cuenta que aquellas personas cuyo único ingreso sea una pensión de menos de 22.000 euros anuales, no estarán obligadas a realizar la Declaración de la Renta. En el caso de existir dos pagadores (percibir la pensión y otro tipo de ingreso), el límite para no tener que presentar la declaración disminuye hasta los 15.000 euros anuales.