Pide la baja por el juanete y graba tiktoks en tacones: la justicia interviene de inmediato para valorar su despido

Pide la baja por el juanete y graba tiktoks en tacones: la justicia interviene de inmediato para valorar su despido

La importancia de vigilar los contenidos que se publican en las redes sociales.

Un grupo de mujeres, de tacones, baila en la pista de un club.CherylCasey

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de confirmar la procedencia del despido de una trabajadora al considerar que se ha demostrado que, de baja médica tras someterse a una operación de juanetes, la empleada que ha perdido su trabajo realizaba una "intensa actividad artística" incompatible con su proceso de recuperación. Por lo que los magistrados entienden que la despedida incumplió con la buena fe contractual.

A la trabajadora, cuenta Confilegal, la contrató en 2021 Videoreport Canarias, productora audiovisual de referencia en el archipiélago, pero dos años después, en junio de 2023,  le comunicaron su despido por, según indica el fallo judicial, mostrar comportamientos no alineados con su baja médica en varias publicaciones difundidas a través de sus cuentas en redes sociales como TikTok, Instagram y Facebook. 

En los vídeos, describe el escrito, la demandada aparecía bailando, con movimientos que la compañía cree incompatibles con la recuperación después de una cirugía. Además, en esas mismas redes sociales hizo público imágenes del making of de una canción titulada No Doy Tanto Miedo; anunció que participaría en el Orgullo Gay y llegó a asegurar que al haberse sometido a una operación en el pie derecho por culpa de una caída, "se le hacía difícil llevar tacones" porque le provocaban un "dolor horrible", describe la sentencia.

Inconforme con el despido, la trabajadora presentó una demanda pidiendo la nulidad del mismo, alegando que estaba de baja médica. Sin embargo, el Juzgado de lo Social Nº8 de Las Palmas de Gran Canaria desestimó su demanda argumentado que su conducta constituía una violación de la buena fe contractual, por lo que desvinculaba el despido de cualquier discriminación motivada por su baja médica. La empleada, entonces, recurrió esta decisión judicial ante el TSJC, pero los magistrados han ratificado la sentencia.

La empleada también argumentó en su demanda para anular el despido que la empresa no había fijado correctamente la fecha dl final del contrato en la carta que le enviaron para notificárselo. Sin embargo, el TSJC desestimó esta tesis porque el escrito señalaba claramente que los efectos tendrían lugar tres días después de la notificación. Además, la productora le dio de baja en la Seguridad Social un día después de que fuera efectivo.