Estas son las multas de Hacienda si no presentas la declaración a tiempo
El plazo finaliza el 30 de junio.
El tiempo para entregar la Declaración de la Renta se agota. Después de que el pasado 11 de abril se iniciara la campaña, el 30 de junio será el último día para rendir cuentas con la Agencia Tributaria.
En cuanto a la fecha límite para realizar la declaración, también cabe recordar que el 27 de junio culmina el plazo para aquellos contribuyentes con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. Y el jueves 29 de junio será el último día para solicitar cita previa de cara a efectuar la declaración presencialmente en una de las sedes de Hacienda.
Es muy importante cumplir con la obligación tributaria en las citadas fechas, ya que de lo contrario Hacienda impone multas a los contribuyentes.
Las multas por no entregar una declaración que sale a devolver
En cuanto a las multas (que se imponen exclusivamente si se está obligado a entregar la declaración), existen varios supuestos. Si es el contribuyente el que avisa a la Agencia Tributaria de que no ha realizado la declaración en el plazo requerido y la misma le sale a devolver, la multa es de 100 euros.
Por el contrario, si es Hacienda quien detecta que no se ha entregado la Declaración de la Renta (saliendo a devolver), la multa asciende hasta los 200 euros. Tanto en esta situación como en la anterior, se deduce la cuantía de la multa de la cifra que se debería devolver.
Las multas en las declaraciones que salen a pagar
Por otro lado, en el caso de que la declaración salga a pagar hay también dos escenarios: que el contribuyente reconozca el incumplimiento o que sea la Agencia Tributaria la que se percate.
Si es el contribuyente quien avisa, Hacienda aplica los siguientes recargos sobre la cuantía a pagar:
- Presentación de la declaración con hasta 3 meses de retraso: recargo del 5% sin intereses.
- Presentación de la declaración con hasta 6 meses de retraso: recargo del 10% sin intereses.
- Presentación de la declaración con hasta 12 meses de retraso: recargo del 15% sin intereses.
- Presentación de la declaración con más de 12 meses de retraso: recargo del 20% y 5% de intereses de demora.
Sin embargo, si es la Agencia Tributaria la que detecta que no se ha cumplido con la obligación de entregar una Declaración de la Renta que sale a pagar, se le notifica al contribuyente que debe presentarla y se le aplica una multa que ascenderá a entre el 50% y el 150% del importe a pagar.
En esta última circunstancia, el porcentaje de la multa dependerá del perjuicio monetario causado a Hacienda y de el tiempo durante el que se haya eludido la obligación fiscal. No obstante, si se regulariza la situación en los primeros cinco días hábiles desde la notificación, se aplica una reducción del 25% a la multa.