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Las comunidades autónomas en las que te puedes desgravar la cuota del gimnasio en la Renta

Las comunidades autónomas en las que te puedes desgravar la cuota del gimnasio en la Renta

La campaña arranca el próximo 3 de abril, con la presentación de declaraciones a través de internet, y se extenderá hasta el 30 de junio.

Varias personas en un gimnasio.Getty Images

Los contribuyentes pueden acceder desde el 19 de marzo a sus datos fiscales de cara a la Campaña de la Renta correspondiente al año 2024, que arranca el próximo 3 de abril, con la presentación de declaraciones a través de internet, y se extenderá hasta el 30 de junio.

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono -la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio-. Será entre el 2 y el 30 de junio de 2025 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio. Cada año, sin embargo, surgen muchas dudas con respecto a este trámite, y algunas de las más repetidas tienen que ver con posibles desgravaciones y deducciones de ciertos gastos.

Por ello, hay que tener en cuenta que en la Declaración de la Renta existen dos tipos de deducciones. Por un lado, está la general, la que es común para todos los ciudadanos españoles. Y, por otro, están las deducciones autonómicas, aquellas que se fijan según cada comunidad autónoma.

En este último caso se encuentra la posibilidad de deducir la cuota del gimnasio, una opción que solo es posible en dos comunidades autónomas: La Rioja y la Comunidad Valenciana.

La Rioja

En La Rioja, esta medida busca "fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva" de aquellos que hayan tenido su residencia habitual en esta comunidad en 2024. Este beneficio permite deducir hasta el 30% de los gastos correspondientes a la cuota del gimnasio, con un límite máximo de 300 euros.

Los costes a los que se refiere la norma cubren servicios relacionados al ejercicio físico que ofrecen los gimnasios y las instalaciones deportivas inscritas dentro del Registro del Deporte de La Rioja, así como las diversas clases de deporte o licencias federativas que puedan ofrecer las entidades registradas.

Para poder optar a esta deducción, es necesario que los pagos y servicios adquiridos sean de 2024 en el ámbito territorial riojano y que todos ellos estén justificados con sus correspondientes facturas. La Agencia Tributaria, además, establece que para los mayores de 65 años y para las personas que presentan alguna discapacidad con un grado del 33% o superior esta deducción sea del 100%, en lugar del 30%. 

Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana también se puede deducir la cuota del gimnasio con el fin de fomentar el ejercicio. De esta forma, se incluye en la deducción "por cantidades satisfechas en fastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables". Además, de los gimnasios, en esta norma se incluyen centros deportivos, federaciones, clubes y otras entidades similares recogidas por la Agencia Tributaria, con las correspondientes facturas y justificantes de pago.

Los contribuyentes con residencia habitual en el territorio durante 2024 se podrán deducir, por norma general, hasta el 30% de las cuotas, con un límite máximo de 150 euros. Y se pueden acoger a este beneficio todas aquellas personas cuya base liquidable general y del ahorro no supere los 32.000 euros en la declaración individual, o los 48.000 en la conjunta.

Para las personas mayores de 65 años o que presenten una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción aumenta al 50%. Mientras, lo mayores de 75 años o con una discapacidad con un grado del 65% o superior, la deducción asciende hasta el 100%. Esí sí, lo que no cambia en ningún caso es el límite de 150 euros.