Un juzgado devuelve 53.000 € a un damnificado por la 'hipoteca revolving'
El préstamo fue firmado en el año 2007.
Importante sentencia judicial en Zaragoza. Tal y como informa Heraldo de Aragón, un matrimonio ha podido liberarse de 53.000 euros de intereses que pagaron de más a raíz de una hipoteca firmada en 2007 que incluía un sistema de cálculo de intereses como el de las tarjetas 'revolving'.
En consecuencia, los afectados no se vieron beneficiados por las bajadas del Euríbor que tuvieron lugar esos años y la deuda no dejó de incrementarse pese a pagar las cuotas mensuales. En concreto, la cantidad a satisfacer se multiplicó por cuatro, desde los 500 euros mensuales iniciales a 2.000 euros mensuales.
El juzgado de Primera Instancia número 19 de Zaragoza, en la sentencia 35/2023 de 20 de enero, ha declarado nula por abusiva la cláusula que establece el llamado 'anatocismo' en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria que firmaron.
Además, el órgano judicial ha considerado también como nulo el porcentaje fijado como intereses de demora, del 18%, por ser “extraordinariamente" oneroso. El fallo contra Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI) ya es firme y contra él no cabe recurso.
El juez ha argumentado a través de varias sentencias de la Audiencia Provincial de Zaragoza que el carácter excepcional del pacto de anatocismo exige un “pleno conocimiento por parte del consumidor, con una advertencia clara y una información precisa”, al afectar a un “elemento esencial” como es el precio.
De esta forma, el matrimonio afectado por esta ‘hipoteca revolving’ seguirá teniendo que satisfacer las cuotas de su préstamo, pero habiéndose liberado ya de ese sistema de cálculo que ha sido calificado como abusivo por el juzgado zaragozano y que multiplicaba la deuda.