Hacienda empieza a devolver el dinero que debe a todos estos jubilados
La Agencia Tributaria consiguió en abril la devolución de los primeros 124 millones.
Hacienda ha comenzado ya a devolver el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a mutualistas jubilados, según ha publicado La Vanguardia. La Agencia Tributaria consiguió en abril la devolución de los primeros 124 millones, según consta en el informe de recaudación de abril.
El organismo decidió facilitar las devoluciones después de que una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del IRPF.
Así, el departamento explica que las sentencias del alto tribunal "obligan a la revisión de las declaraciones de los últimos años para aplicar la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF".
Esta disposición ofrece la posibilidad de reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la Renta de cada ejercicio cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible. Así se puede evitar una doble tributación por dichas aportaciones, según explica el mismo medio.
El departamento fiscal en su último balance explica que las devoluciones se están aplicando a las declaraciones de la campaña de la Renta del 2023, que se encuentra en este momento en curso, y se corresponden a recursos interpuestos en año anteriores.
Los mutualistas, sin embargo, tienen derecho a reclamar la cotización de los cuatro años previos, que no han prescrito. Fuentes de la Agencia Tributaria aseguran que resulta imposible estimar el alcance de estas devoluciones, segúnel mismo medio.
La Agencia Tributaria explica en su web que "está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos". Para ello habilitó el pasado 20 de marzo un formulario para canalizar las peticiones.
También señalan que no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la Agencia Tributaria ya contará con la información precisa para la resolución de la solicitud. No obstante, en el caso de que no sea posible resolver una solicitud concreta con la información disponible, se podrá requerir de los interesados a posteriori la aportación de la documentación que resulte necesaria.