Esto dice la ley sobre las herencias entre tíos y sobrinos

Esto dice la ley sobre las herencias entre tíos y sobrinos

Pueden ocurrir en dos casos: por línea sucesoria o si el fallecido deja en testamento bienes a su sobrino.

Una mujer redactando unos documentos en una imagen de archivo.Getty Images

La muerte de un ser querido es uno de los momentos más difíciles en la vida de una persona. Este viene acompañado de un proceso de duelo para la familia a la que, además de la tristeza por la pérdida, se suele sumar una gran cantidad de gestiones burocráticas, entre las que se encuentra el trámite de la herencia. 

El artículo 659 del Título III De las sucesiones del Código Civil establece que "la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte". De esta forma, se beneficiario de una herencia no siempre es algo positivo, ya que no solo se reciben los bienes de una persona, sino también sus obligaciones, como las posibles deudas. 

En lo que respecta a la herencia de tíos a sobrinos, el artículo 948 del Código Civil establece que "si concurrieren hermanos con sobrinos, hijos de hermanos de doble vínculo, los primeros heredarán por cabezas y los segundos por estirpes". En este sentido, la herencia se repartiría según como sea la línea sucesoria, por lo que primero heredan los forzosos, es decir, los hijos de la persona fallecida.

Así, las herencias de tíos a sobrinos pueden ocurrir en dos casos: por línea sucesoria (si el fallecido no tienes herederos de sucesión directa -padres e hijos-) o si el fallecido deja en testamento bienes a su sobrino. 

Si no existe un testamento de por medio, se debe respetar la línea sucesoria establecida por grados de parentescos recogidos en el código civil. Los sobrinos heredarán de su tío si este no tuviera hijos, ni padres, ni cónyuge, ni hermanos.

En el caso de que los legítimos herederos sean los sobrinos, se deberá realizar una declaración de herederos para poder tomar posesión de los bienes del difunto. Si el difunto tuviera más de un sobrino, el reparto de la masa patrimonial se hará a partes iguales entre todos los sobrinos existentes, sin distinción alguna entre ellos.