Este es el día en el que te llegará la paga extra de verano

Este es el día en el que te llegará la paga extra de verano

Muchos bancos adelantan el pago en el caso de los pensionistas.

Varios billetes de euroPIXABAY

El mes de junio siempre es esperado, incluso para las personas que odian el calor. El motivo es que es el momento en el que tanto los trabajadores como los pensionistas reciben la paga extra de verano.

Respecto a este último colectivo, el de los pensionistas, la revista de la Seguridad Social señala que “las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se abonan en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año más dos pagas extraordinarias que se ingresan en los meses de junio y noviembre junto a la nómina de la pensión correspondiente a estos meses”. Por lo tanto, los pensionistas recibirán este mes de junio dos pagas de manera simultánea.

En cuanto al día en el que llegará el dinero a la cuenta bancaria de los pensionistas, la Seguridad Social indica que el abono de las pensiones se realiza “entre el día 1 y el 4 de cada mes”. En ese sentido, el organismo precisa que “la norma dice que será el primer día hábil del mes en que se realiza el pago (a mes vencido) y siempre antes del cuarto día natural del mismo”.

No obstante, la propia Seguridad Social reconoce que “la fecha exacta del ingreso de este importe a veces se adelanta por el banco del pensionista”. En concreto, el organismo detalla que “lo más habitual es que entre el 22 y el 26 de cada mes se reciba en la cuenta corriente el importe de la pensión”.

En el caso de los trabajadores todo depende de cada empresa. Pero existen principalmente dos posibilidades:

  1. Cobrar a final de mes a la vez tanto la paga ordinaria como la extra de verano.
  2. Cobrar a mediados de mes (aproximadamente el día 15) la paga extra de verano y a final de mes la paga ordinaria.

Las personas que no tendrán paga extra de verano

En cualquier caso, cabe destacar que no todos los trabajadores y pensionistas van a recibir la paga de extra de verano. En el caso de los primeros, el Estatuto de los Trabajadores estipula en su artículo 31, titulado ‘Gratificaciones extraordinarias’, que “podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades”.

En cuanto a los pensionistas, la Seguridad Social aclara que “las pensiones que derivan de accidente de trabajo y enfermedad profesional se satisfacen en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades ordinarias”.