Cómo saber si me han concedido la ayuda de 200 euros
Este 31 de marzo finaliza el plazo para solicitar el cheque.
Este viernes 31 de marzo será el último día para poder solicitar la ayuda de 200 euros que el Gobierno ha lanzado para facilitar la compra de alimentos a las familias de clase media en la actual situación económica marcada por la inflación.
Cabe recordar que el cheque se concede por unidad familiar (no individualmente) y que está dirigido a los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el Ingreso Mínimo Vital.
Ante la cercanía a que se cierre el plazo de solicitud, muchas personas se preguntan si les han concedido o no la ayuda. Para saber el estado de la petición es importante tener en cuenta que el organismo encargado de gestionar la ayuda es la Agencia Tributaria, por lo que el primer paso es dirigirse a su sede electrónica.
Tras ello, hay que acceder al apartado correspondiente a este cheque de 200 euros (disponible en este enlace) y clicar en ‘consulta de solicitudes presentadas’. Ahí, tal y como explica un documento publicado por la propia Agencia Tributaria, se debe elegir un método para identificarse: son válidos la Cl@ve PIN, el certificado digital y el DNI electrónico.
Al revisar la solicitudes, existe una columna denominada ‘estado’. Si en la misma aparece la palabra ‘Alta’ significa que la petición ha sido aceptada. Por el contrario, si se lee la palabra ‘Baja’, quiere decir que la solicitud ha sido denegada.
Los requisitos para recibir la ayuda
En cualquier caso, los más rezagados aún están a tiempo de solicitar la ayuda de 200 euros. Tienen derecho a la misma aquellas unidades familiares que, tal y como señala el Ejecutivo en el sitio web de Moncloa, hayan percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tenga un patrimonio inferior a 75.000 euros.
Para efectuar el cálculo, es importante tener en cuenta que la vivienda habitual se encuentra excluida de la suma del patrimonio. Asimismo, la otra condición para ser beneficiario de la ayuda es tener la residencia habitual en España.