El cambio laboral que afectará a casi 3 millones de personas a partir de octubre
Con él, se pone fin a una discriminación indirecta a las mujeres.
Este domingo llega otubre, un mes que traerá consigo un cambio muy importante en materia laboral. El mismo afectará a un porcentaje importante de las personas que trabajan en España: casi tres millones.
Según la última Encuesta de Población Activa (EPA) realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en nuestro país un 13,52% de los ocupados trabajan a tiempo parcial, un porcentaje que se traduce en 2.847.800 personas.
Todas ellas van a ver cómo, a partir de este 1 de octubre, sus jornadas parciales se equiparán al trabajo a tiempo completo en cuanto a periodo de cotización reconocido por la Seguridad Social.
El cambio podrá comprobarse en el informe de vida laboral de todos esos trabajadores y supondrá mayores facilidades para acceder a prestaciones contributivas como la pensión de jubilación o la pensión de incapacidad permanente.
Por ejemplo, en el caso de la jubilación, para tener derecho a una pensión contributiva se exige haber cotizado durante un mínimo de 15 años (dos de ellos dentro de los 15 años previos a la jubilación).
Hasta ahora, si se trabajaba a tiempo parcial con un contrato de 20 horas semanales, a efectos de días cotizados cada dos días trabajados contaban como un día cotizado. Por lo tanto, si se trabajaba únicamente a tiempo parcial, eran necesarios 30 años para reunir la cotización necesaria para recibir la pensión de jubilación contributiva. Sin embargo, desde el 1 de octubre, cada día trabajado (independientemente del número de horas) contará como un día cotizado.
En cualquier caso, cabe resaltar que este cambio no influye a la base de cotización (la variable principal para calcular la cuantía de una prestación contributiva), que seguirá siendo proporcionalmente inferior a la de una jornada completa.
Fin a una discriminación indirecta a las mujeres
Tal y como recoge el portal especializado en derecho Economist & Jurist, el Profesor de la Universidad de Valencia y Of Counsel Laboral de Alenttaa Abogados, Daniel Toscani, destaca que esta adaptación de la norma se debe a dos “sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional (TC)”.
Por un lado, en mayo de 2019, el TEDH estimó que la legislación española podría dar lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que el 75% de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.
Y por otra parte, el TC señaló en julio de 2019 que, tal y como explica Daniel Toscani en la revista de Derechos de la Seguridad Social, el no reconocimiento de los días trabajados a tiempo parcial como días cotizados completos “constituye una discriminación indirecta por razón de sexo al evidenciarse estadísticamente que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres”.