Ayudas para instalar calefacción por aerotermia de hasta 6.500 euros: requisitos y cómo solicitarlas
Se trata de un modelo para sistemas de calefacción y agua caliente que genera tres veces más energía, pero solo consume un kWh.
La llegada del invierno y del frío suelen funcionar como un recordatorio de que nunca está de más invertir en un buen sistema de calefacción. A esto se ha sumado un factor económico crucial, el aumento del precio de la energía provoca que cada vez más consumidores den el paso y opten por renovar sus equipos e incluso reemplazarlos por modelos más eficientes y de menor consumo, como es el caso de la aerotermia.
La calefacción o el agua caliente mediante el sistema de aerotermia se corresponde con un tipo de equipamiento que permite generar hasta tres veces más energía. Es decir, con un consumo de un kWh, puede producir tres. No obstante, su instalación requiere de una inversión económica que en ocasiones muchas familias no pueden permitirse desembolsar a la ligera.
Con todo, la llegada de los fondos europeos Next Generation traen consigo un paquete de importantes ayudas económicas, de hasta 6.500 euros para financiar la instalación de este tipo de calefacción. Hay que destacar que existen dos métodos para implementar la aerotermia: el suelo radiante -más costoso- o los denominados radiadores de baja temperatura. Ambas formas son idóneas para viviendas de unos 100 metros cuadrados, por su eficiencia y ahorro de costos.
¿Hasta cuándo puedo solicitar las ayudas?
Este tipo de ayudas enmarcadas en el Plan de Recuperación para Europa Next Generation y el plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, tienen una fecha límite muy clara: el 31 de diciembre de 2023, es decir, el final de este año.
¿Cómo puedo tramitar la ayuda?
Será necesario seguir los siguientes pasos:
- Pedir presupuesto para la instalación o, en caso de ya haber completado la obra, acreditarlo mediante la las correspondientes facturas.
- Presentación telemática de dicha factura o facturas aportando los datos del titular. Hay que tener en cuenta que se realizará según la comunidad autónoma en la que resida y, por tanto, en la página web del organismo correspondiente. Este lo determinará el Instituto para la Diversificación del Ahorro Energético (IDAE).
- La entidad pública competente contestará a la petición en un plazo máximo de 6 meses. Si no se recibe comunicación, el motivo es que la solicitud ha sido desestimada por algún motivo.
- Si se ha recibido la confirmación de la ayuda adjudicada, a partir de ese momento el solicitante tendrá 18 meses de plazo para realizar la obra y/o certificar su realización. Este es el último paso antes de recibir la cuantía económica correspondiente.
¿A qué cantidades de dinero puedo optar con estas ayudas?
El programa de ayudas está dividido en tres tipos según la instalación y la cuantía económica. Con todo, si se reside en un municipio de menos de 5.000 habitantes o de menos de 20.000 pero en un entorno rural, estas subvenciones pueden ser mejoradas en un 5%.
- Ayuda por bomba de calor: se dispondrá de una cuantía 500 euros por kWh hasta un máximo de 3.000 euros.
- Ayuda por suelo radiante: la cuantía será de 600 euros por kWh hasta un máximo de 3.600 euros.
- Ayuda para radiadores de bajo rendimiento: una cuantía de 500 euros por kWh hasta un máximo de 1.830 euros.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la ayuda?
Las ayudas para instalar calefacción por aerotermia está sujetas a unas determinadas condiciones y requisitos, desde el carácter del inmueble en el que se realizará la obra a la aceptación de otro tipo de subvenciones.
- La instalación debe hacerse en un espacio de carácter residencial.
- El sistema debe ser exclusivamente de aire-agua.
- No se podrá haber recibido otra ayuda para la misma finalidad.
- El sistema de aerotermia deberá estar equipado con monitorización vía móvil de la producción y consumo de la energía.
- El rendimiento estacional debe ser superior a 2,5 COP.
- Como en otro tipo de subvenciones, para recibir esta no se podrá tener deudas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social.
- El propietario del inmueble se compromete a mantener la titularidad de dicha vivienda, como mínimo, 5 años después de la realización de la obra.