Alarmante aviso del Banco de España a los hipotecados
El Euríbor lleva 15 meses consecutivos de subida.
El Euríbor continúa su subida incesante. A cierre del mes de marzo la tasa de referencia para las hipotecas españolas se incrementó hasta el 3,647%, es decir, 113 milésimas más en comparación con el 3,534% que el indicador marcó a finales de febrero.
De esta forma, el Euríbor encadena ya quince subidas mensuales consecutivas. En consecuencia, cada vez cobran más importancia las medidas que el Gobierno ha aprobado para proteger a los ciudadanos ante el alza de la tasa.
Sin embargo, el Banco de España ha alertado de que el número de personas que se han acogido a esas iniciativas es, literalmente, “marginal”, apenas 15.000 individuos.
Ayudas para familias con ingresos menores a 25.200 euros anuales
Tal y como precisa el Ejecutivo en el sitio web de Moncloa, esas medidas se deben a que se ha reforzado el Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios vulnerables. Dentro de esa categoría se incluye a “aquellas familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año y un incremento del esfuerzo del 50%, con viviendas de hasta 300.000 euros”, detalla el Ejecutivo.
En concreto, estas son las ayudas que se ofrecen a las personas que cumplan las mencionadas condiciones:
- Reducción del tipo de interés aplicable durante los últimos 5 años de carencia en el pago del principal de la hipoteca, pasando del Euríbor a más 0,25% a menos 0,10 %.
- Posibilidad de solicitar a la entidad bancaria que efectúe una reestructuración de la deuda. La petición podrá realizarse más de una vez.
- Duplicación del plazo para la dación en pago de vivienda habitual hasta los 24 meses.
- Ampliación del plazo para solicitar el alquiler social de 6 a 12 meses en la entidad financiera y por un importe máximo del 3%.
Ayudas para familias con rentas entre 25.200 y 29.400 euros
Por otro lado, también hay ayudas disponibles para los hogares con renta inferior a 3,5 veces el IPREM (unos 29.400 euros anuales) que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de su renta y que hayan experimentado un incremento de esta carga hipotecaria de al menos el 20%.
En esos supuestos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota durante 12 meses, una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.