Apelación reduce la sanción al Atlético: cierre parcial del Metropolitano durante un partido

Apelación reduce la sanción al Atlético: cierre parcial del Metropolitano durante un partido

De esta forma, estima parcialmente el recurso del club madrileño.

Metropolitano Stadium building exterior and home of Atletico de Madrid.Getty Images

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Atlético de Madrid y ha reducido de tres a un partido el cierre parcial del Riyadh Air Metropolitano por los incidentes del derbi contra el Real Madrid.

El Atlético pidió la revocación de la sanción al considerar que no se produjo conducta sancionable atribuible al club y subsidiariamente la reducción de la sanción por ser desproporcionada, argumentando que la correcta tipificación de la infracción correspondería al artículo 107 del Código Disciplinario, que prevé sanciones menos severas por lanzamiento de objetos que el 107 que aplicó el Comité de Disciplina.

El organismo, en su resolución de este jueves, deja la multa impuesta en 3.000 euros, y no 45.000, y destaca que esta clausura parcial "afectará a los sectores 127, 128, 129, 130, 131, 132 y 133" del feudo colchonero y que conforman el 'Fondo sur bajo'.

El pasado 2 de octubre, el Comité de Competición de la RFEF sancionó al Atlético de Madrid con el cierre parcial de la grada del Metropolitano de tres partidos y una multa de 45.000 euros por los incidentes del pasado derbi contra el Real Madrid, que suspendido por espacio de 15 minutos por el lanzamiento de objetos. 

Esta semana, Antiviolencia había propuesto el cierre total del estadio durante dos semanas y una multa de 65.000 euros al Atlético.

"El Atlético es responsable de los hechos"

El Comité ha mantenido parte de la sanción al considerar que el Atlético "es responsable de los hechos recogidos en el acta arbitral y en el informe del Oficial Informador", ya que "se ha acreditado suficientemente la falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones y la adopción de medidas previas y coetáneas a los hechos".

"El hecho de que estos lanzamientos se produjeran hasta en tres ocasiones diferentes revela que las medidas reactivas implementadas no fueron suficientes para contener y prevenir la persistencia del desorden y, más importante aún, para evitar que el partido tuviera que llegar a suspenderse", afirma.

El fallo señala que "más preocupante aún es que varias personas en los sectores afectados por los incidentes permanecieron con el rostro cubierto y enmascaradas incluso durante todo el tiempo que duró la suspensión del encuentro, sin que el club hiciera ningún esfuerzo visible, o al menos no ha logrado acreditarlo en sus alegaciones y escrito de recurso, para identificar y expulsar a estos individuos del estadio, lo que evidencia una falta de acción adecuada en ese sentido".