La Audiencia Nacional archiva el 'caso Couso'
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha cerrado este martes el 'caso Couso', -referido al cámara de Telecinco José Couso, asesinado en 2003 durante la guerra de Irak bajo fuego de un tanque de EEUU-, lo que significa que archiva de forma definitiva la investigación.
Lo hace en cumplimiento de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su sentencia por el caso Tíbet, que constata la falta de competencia de los tribunales españoles en este tipo de causas tras la reforma de la justicia universal, aprobada en el Congreso en 2014 con el voto del PP y el apoyo del diputado de UPN.
En esa sentencia, el Tribunal Supremo ordenaba a la Audiencia Nacional cerrar el caso Tíbet, resolución que, según señala Pedraz en el auto de archivo del 'caso Couso' "es extensible a procedimientos con similar fundamento".
De este modo, Pedraz deja sin efecto las ordenes de búsqueda y captura contra los tres militares del Ejército de Estados Unidos (al teniente coronel del Ejército de Estados Unidos Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson) a los que tenía procesados por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con delito de Homicidio.
Tras la resolución del Supremo, según Pedraz, "el flexo no podrá mantenerse encendido" sobre los procesados, que podrán desplazarse a otros países e incluso a España, con la seguridad de que no van a ser buscados, puesto que en los archivos policiales o de otra índole no va a constar tal búsqueda.
"LA DECISIÓN SERÁ DISCUTIBLE"
El propio Pedraz admite en su auto que su decisión "será discutible y podrá provocar debates en torno a tal impunidad, no solo para el presente caso sino para otros posibles". Pero lamenta que "no corresponde a los jueces suplir al legislador, dada su función constitucional".
"Constatada la falta de competencia de la jurisdicción española, no se puede, por obvio, ordenar o mantener una búsqueda (nacional o internacional) por un órgano 'incompetente', ni aún siquiera existe instrumento de cooperación jurídica internacional para hacer saber a otros Estados de la existencia de aquellos indicios de criminalidad", admite el juez.
Con todo, el magistrado subraya que "queda constatado que existen suficientes indicios racionales de que los procesados serían autores" de un crimen de guerra, pero, "dada la nueva norma", su búsqueda habría que limitarla a España.
EL AVISO DE PEDRAZ PARA EL FUTURO
Pedraz va más allá en el auto y avisa de que "ante un crimen de tal tipo cometido contra periodistas o personas españolas consideradas como población civil (p.e. cooperantes)" ni los familiares de víctimas o el Ministerio Fiscal podrán instar la apertura de diligencias en España para al menos identificar a la víctima, solicitar la autopsia u otras diligencias urgentes o investigar cómo acontecieron los hechos.
El magistrado, que eleva el procedimiento a la Sala de lo Penal para que acuerde el sobreseimiento de las actuaciones, señala que esta resolución, de la que fue ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido, es "extensible a procedimientos con similar fundamento" y tiene "fuerza vinculante para los jueces y tribunales inferiores". "El flexo no podrá mantenerse encendido", se lamenta Pedraz.
En octubre de 2003, seis meses después de la muerte de Couso, Telecinco emitió el documental Hotel Palestina, donde se recogió abundante información y testimonios sobre la muerte y el conflicto. Te lo ofrecemos a continuación: