La nueva Ley de Propiedad Intelectual, en un minuto (VÍDEO)
El 1 de enero entró en vigor la nueva Ley de Propiedad Intelectual, lo que significa que a partir del día 5 comenzarán a aplicarse sanciones a las páginas web infractoras.
Ante esta situación, algunos han preferido cerrar directamente o cambiar de enfoque y dejar de ofrecer enlaces a contenidos audiovisuales, algo que no se había producido de forma tan radical con anteriores reformas de la ley. Uno de los cambios más importantes es que a partir de ahora también se considerará ilegal proporcionar listados de enlaces aunque éstos estén alojados en servicios de terceros, algo en lo que hasta ahora se apoyaban este tipo de webs.
Además, se perseguirá tanto a los proveedores de servicio de páginas infractoras como a aquellos que les ofrezcan servicios de publicidad. Además, en caso de que utilicen un nombre de dominio .ES se podrán bloquear durante seis meses.
Cuando se sospeche de una infracción, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual se pondrá en contacto con el responsable de la página, que tendrá que retirar el contenido antes de diez días. Esta comisión también será la encargada de establecer las sanciones, que podrán oscilar entre los 100.000 y 600.000 euros para infracciones graves.
El concepto de copia privada también sufre cambios: se aplicará únicamente a obras que tengan soporte físico, sin contar aquellas copias digitales, de alquiler o prestadas.