Justicia universal: su reforma en España choca con los tratados internacionales

Justicia universal: su reforma en España choca con los tratados internacionales

EFE

Los tratados internacionales, como los Convenios de Ginebra o la Convención contra la Tortura, impiden a juicio de magistrados de la Audiencia Nacional el archivo de las causas de justicia universal que investigan y que según la nueva ley deberían de haberse cerrado con su entrada en vigor el 15 de marzo.

El último en invocar los tratados internacionales -Convenios de Ginebra y contra la Tortura- ha sido el juez Pablo Ruz para negarse a archivar el sumario en el que investiga las supuestas torturas en la prisión de Guantánamo (Cuba) a cuatro expresos, dos de ellos españoles.

Según el juez, "nos encontraríamos ante una evidente colisión" entre la disposición transitoria de la nueva ley que establece el archivo automático de las causas "y las obligaciones contraídas por España en virtud de los tratados internacionales" y por ello acordó transformar las diligencias previas en sumario, "continuando la instrucción de la presente causa".

CASO COUSO

Ruz seguía así la estela de su compañeno Santiago Pedraz, que fue el primero en considerar que sobre la ley de justicia universal prevalecen los convenios internacionales suscritos por España. Para mantener abierto el caso Couso, sobre el asesinato en Irak del cámara José Couso en 2003, Pedraz se apoyó en la IV Convención de Ginebra, que obliga a perseguir los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, entre ellos los periodistas.

Esta decisión levantó ampollas en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que ya ha pedido al juez en dos ocasiones que la revoque, concluya el sumario y lo eleve a la Sala de lo Penal para que sea este órgano en pleno el que decida sobre el archivo o, de estimarlo oportuno, plantear recurso de inconstitucionalidad a la reforma de la justicia universal.

Precisamente, en contestación al último recurso del fiscal, Pedraz observó contradicciones entre la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la de Antidroga a la hora de aplicar convenios internacionales en casos a los que ha afectado la reforma de la justicia universal como el del Couso, que él instruye, y los que han provocado la excarcelación de 16 narcotraficantes egipcios y sirios.

Para la Fiscalía, el artículo 146 de la IV Convención de Ginebra no tiene carácter obligatorio ni es de aplicación directa en España, por lo que una norma interna, como es la nueva ley de justicia universal, "puede limitarlo, modificarlo, suspenderlo o hasta derogarlo".

Sin embargo, para evitar las excarcelaciones de narcos, Antidroga pidió a los jueces Fernando Andreu y Javier Gómez Bermúdez que aplicaran el artículo 17 de la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, que establece la necesaria cooperación entre los estados signatarios para eliminar el tráfico ilícito por mar.

Según Pedraz, esa Convención, tal y como señalaba Andreu en su auto, "es de previsión facultativa, esto es, necesitada de desarrollo normativo" y se pregunta: "¿Cómo es posible que se argumente que un tratado 'facultativo' sí puede sostener la persecución de un delito, mientras que un tratado 'obligatorio' como la IV Convención de Ginebra no lo sostenga?".

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional deberá ahora dirimir estas cuestiones cuando resuelva los recursos que está formulando la Fiscalía a la aplicación de la reforma de la justicia universal y lo hará reunida en pleno por tratarse de una cuestión en la que cabe la unificación de doctrina.