El juez podrá dictar custodia compartida aunque los padres no la pidan

El juez podrá dictar custodia compartida aunque los padres no la pidan

La custodia compartida dejará de ser una solución "excepcional" en casos de nulidad, separación y divorcio, para convertirse en algo "normal".

Con esta idea, el Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de ley que regula la custodia compartida como respuesta a lo que, entiende, necesidad de adaptar los cambios de la sociedad española durante "los últimos decenios".

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Gallardón ha concretado que el texto se remitirá a todos los organismos pertinentes para informar una norma de esta naturaleza.

"Lo que pretende es adecuar nuestra legislación a todos los cambios en el derecho de familia que se han producido en la sociedad española y, además, establecer como regla general y máxima el interés superior del menor".

El anteproyecto, que inicia ahora su fase consultiva, recoge toda una batería de medidas que, según el ministro, adaptarán "los cambios de la sociedad española de los últimos decenios a la realidad jurídica"

Las nuevas modificaciones contemplan, por ejemplo, que será el juez el que "podrá estimar la custodia compartida si así" lo estima oportuno".

CLAVES DE LA REFORMA

- El juez podrá dictar, aunque los padres no la pidan, la custodia compartida.

- Los maltratadores condenados o con indicios no tendrán custodia compartida.

- Si ambos padres estuvieran incluidos en algunas de esas causas de exclusión, el juez atribuirá la guarda y custodia a los familiares o allegados que considere más idóneos.

- El juez será el que determine quién se queda con la vivienda. Podrá atribuirse al que no tiene la custodia si carece de medios y el excónyuge los tiene.

- Aunque se procurará que en la asignación de la vivienda prevalezca el interés superior de cada menor, se separará de la concesión de la guarda y custodia. Se tendrán en cuenta los intereses del cónyuge con más dificultades para encontrar una nueva vivienda.

- La atribución de la vivienda familiar tendrá carácter temporal: hasta que los hijos alcancen la independencia económica o se encuentren en disposición de obtenerla, aun cuando no la tengan. O transcurridos dos años prorrogables durante otro, si la atribución fue por razón de necesidad del cónyuge o, en todo caso, hasta que se le dé un destino definitivo.

- Se reconoce el derecho de los hijos a tener relación con hermanos u otros familiares y no sólo, como hasta ahora, con los abuelos.

- Prevalecerá "la protección del interés superior del menor" incluso "al acuerdo entre las partes". Será "la medida sobre la cual se habrán de adoptar todas y cada una de las decisiones que les afecten", ha señalado Gallardón.

- El juez, "en cada caso, atendidas las circunstancias y siempre en interés del menor, decidirá cuál tiene que ser la solución al régimen en conflicto" sin necesidad de que un informe del fiscal lo avale.

- Ya no se hablará de régimen de visitas, sino de estancias.

- La patria potestad se equipara a la corresponsabilidad parental y una vez que se apruebe el texto final se dejará de hablar de "guardador, custodio o de visitas" para referirse "a convivencia y régimen de estancia, relación o comunicación con el no conviviente".

- Ya no se llamarán cargas matrimoniales, sino familiares.

- La edad ya no será el factor que marcará el fin de la pensión de alimentos. Se tendrán en cuenta factores como la independencia de los hijos, que no haya terminado su formación motu proprio o que, acabada la formación, no se encuentre buscando empleo de forma activa.

Las presidentas de la Federación de Mujeres Progresista y de la Fundación Mujeres, Yolanda Besteiro y Marisa Soleto, respectivamente, han coincidido en criticar, en declaraciones a Efe, que el Ministerio no haya consultado a las asociaciones de mujeres durante el proceso de elaboración del texto.

Por su parte, el presidente de la Asociación Custodia Paterna, Miguel Rodríguez, en declaraciones a Efe, ha señalado que el texto ha supuesto una "auténtica desilusión", entre otras cosas, porque es el juez el que tomará la decisión.