Frenazo a las nuevas tasas judiciales por falta de impresos
El subsecretario de Justicia, Juan Bravo, ha explicado que la liquidación de las nuevas tasas se practicará una vez que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publique "en las próximas semanas" una orden que regule el procedimiento y los impresos de autoliquidación.
"La ley de tasas judiciales entra en vigor al día siguiente de su publicación, sin perjuicio de lo cual la liquidación práctica de las tasas no se podrá practicar hasta que se publique, tal y como prevé la propia ley en su artículo 9, una orden por parte del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas que regule el procedimiento y los impresos de autoliquidación", ha afirmado el subsecretario en la sede del departamento ministerial.
La polémica legislación establece tasas para pleitos laborales o contencioso-administrativos, que estaban exentos hasta ahora. Éstas van desde los 100 euros hasta los 1.200 euros, según el tipo de proceso y recurso.
El subsecretario ha hecho referencia así al artículo 9 de la nueva ley de tasas, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, que recoge que 'por orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas se regularán los procedimientos y los modelos de autoliquidación de la tasa'.
El Ministerio de Justicia practicará una comunicación a todos los secretarios judiciales para que 'no se practique ninguna liquidación porque es lo que la ley prevé desde el primer momento'.
MEJORA DE LA LEY DE JUSTICIA GRATUITA
En cuanto al anunciado recurso de inconstitucionalidad que formulará el PSOE contra la norma, el subsecretario ha defendido que el Tribunal Constitucional ha recogido la doctrina del Tribunal Europeo al defender que las tasas son "legítimas y constitucionales siempre y cuando respeten el principio de proporcionalidad en relación con la capacidad económica de los ciudadanos"
También ponen sus propios ejemplos. Según FACUA, con la ley podrían darse las siguientes situaciones:
Estas son las tasas que fija la nueva legislación: