Esto dice la ley sobre la posibilidad de invitar a vivir a un amigo a tu piso alquilado
Solo bajo una serie de circunstancias podrás dejar que una persona viva en tu piso si eres inquilino.
Desde el despacho de BMP Abogados, han explicado la consulta de un cliente que ha arrendado una casa tras tres años a su inquilina y que desde hace cuatro meses esta ha metido a otra persona a vivir en el domicilio.
Su cliente tiene dudas, pues la inquilina le ha asegurado que es una amiga a la que no le cobra nada por vivir allí, y ha declarado que no ha tenido intención de subarrendar en ningún momento.
La duda del propietario gira en torno a si esta forma de actuar es legal o no. Ya que su intención es la de rescindir el contrato, ya que sentía que había traicionado la confianza que un día le dio.
"La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) prohíbe de forma tajante el subarriendo parcial o total de la vivienda o la cesión a terceros de forma gratuita sin el consentimiento del propietario, pero existen algunas excepciones. Es posible que un tercero entre a vivir con el arrendatario:
-Siempre que esté integrado en la unidad familiar del arrendatario, bien por consanguinidad o por afinidad.
-Cuando un tercero dependa económicamente del arrendatario. En esta excepción entrarían los empleados domésticos o de programas de asistencia social.
-Cuando entre el tercero y el arrendatario exista un vínculo de convivencia marital afectiva estable".
Por ello, los abogados han determinado que no se da ninguna de estas excepciones, y se podrá proceder a la extinción del contrato de alquiler que mantenía el propietario con el inquilino.