Hacienda advierte del olvido en la declaración de la Renta que acaba en multa

Hacienda advierte del olvido en la declaración de la Renta que acaba en multa

Puede perjudicarte incluso si la declaración sale a devolver.

Declaración de la Renta 2023-2024

Hace ya más de un mes, el 3 de abril, dio comienzo la Campaña de la Renta 2023-2024. El periodo para presentar la declaración aún es amplio, pero es importante tener presentes las fechas clave para que el cumplimiento de este deber fiscal no caiga en el olvido.

En ese sentido, cabe destacar que los contribuyentes que estén obligados a hacer la declaración de la Renta pero no realicen el trámite en el plazo habilitado para ello serán multados por Hacienda.

La declaración de la Renta puede entregarse a través de tres vías diferentes: presencialmente en una oficina de la Agencia Tributaria, telefónicamente solicitando cita previa al organismo o por internet.

Estos son las fechas para efectuar la declaración de la Renta 2023-2024 en cada una de las mencionadas alternativas:

- Fechas para la entrega de la Declaración de la Renta 2023-2024 con atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria: desde el 3 de junio hasta el 1 de julio.

- Fechas para la entrega de la Declaración de la Renta 2023-2024 por teléfono: desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio.

- Fechas para la entrega de la Declaración de la Renta 2023-2024 a través de internet: desde el 3 de abril hasta el 26 de junio (siempre y cuando la declaración salga a pagar y se opte por la domiciliación bancaria). Si sale a devolver o sale a pagar pero no se domicilia el pago, el plazo finaliza el 1 de julio.

¿Qué ocurre si se entrega la declaración de la Renta fuera de plazo?

Si los contribuyentes entregan la declaración de la Renta fuera de plazo, la Agencia Tributaria impone sanciones cuya cuantía depende de si la declaración sale a devolver o a pagar y de si se ha recibido un requerimiento o no.

El caso más sencillo (aunque también el menos habitual) es que la declaración salga a devolver pero no se realice en el periodo habilitado para ello. En esta situación, Hacienda multa a los contribuyentes con 100 euros (200 euros si el organismo ha emitido un requerimiento).

Las sanciones más cuantiosas tienen lugar en el otro supuesto, el de que la declaración de la Renta salga a pagar y no se haya entregado en plazo. Si no hay requerimiento por parte de Hacienda, la cuantía a abonar por los contribuyentes sufre un recargo del 1% por cada mes de retraso.

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Sin embargo, si la Agencia Tributaria sí que ha emitido un requerimiento, la multa asciende a una cantidad de entre el 50% y el 150% del importe a pagar. El porcentaje concreto de sanción que se aplica depende del perjuicio monetario causado a Hacienda y del tiempo durante el que se haya eludido la obligación de presentar la declaración de la Renta.