El descuartizador de Majadahonda, condenado a más de 27 años de cárcel

El descuartizador de Majadahonda, condenado a más de 27 años de cárcel

Acabó con la vida de su tía y de la mujer a la que alquiló una habitación en su piso y luego pasó sus restos por una picadora de carne industrial.

Bruno H. V., conocido como el descuartizador de Majadahonda, durante el juicio.EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 27 años, tres meses y un día de prisión a Bruno H. V., conocido como el descuartizador de Majadahonda, por matar a su tía Liria y a la mujer a la que había arrendado una habitación (llamada Adriana B. G.), cuyos cuerpos trituró con una máquina picadora industrial.

Según establece la sentencia de la sección 30 de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se le impone por cada uno de los crímenes la condena de 12 años de cárcel. A su vez, se le aplica 21 meses y un día de prisión por estafa, seis meses por un delito de falsedad documental y un año de cárcel por tenencia ilícita de armas.

Con este fallo, la Audiencia Provincial plasma la declaración de culpabilidad contra Bruno H. V. por matar a ambas mujeres y trocear los cuerpos con la máquina picadora industrial hallada en el sótano de la casa de Majadahonda.

La sentencia considera probado que tras matar a su tía Liria, Bruno constituyó una empresa de construcción con el ánimo de obtener un beneficio económico de la muerte de su familiar. Con tal fin, relata el fallo, giró recibos meses después de su fallecimiento contra la cuenta de la que ella era propietaria por importe de más de 33.000 euros y con idéntico propósito, simuló la firma de su pariente en un contrato "falaz" de arrendamiento, por el que la fallecida Liria le cedía el uso de la vivienda de la calle Sacedilla de Majadahonda (donde se halló la picadora) durante 15 años, por el importe de 18.000 euros, cantidad que no abonó nunca, pero sí alquiló esa casa a cambio de dinero.

La sentencia considera igualmente probado que el condenado, años después de este primer crimen, el 1 de abril de 2015, causó voluntariamente la muerte de Adriana, cuyo cadáver también troceó e hizo desparecer con posterioridad, ayudándose de la misma picadora de carne con que desmenuzó los restos mortales de su familiar.

CÓMO TAPARLO TODO

Para hacer creer a los allegados y amigos de Adriana que la joven seguía con vida y se había marchado de viaje, tres días después de su muerte introdujo bajo la puerta del establecimiento comercial en el que ella trabajaba un sobre con una carta mecanografiada dirigida al gerente en la que supuestamente le contaba esa intención.

Además, para otorgar verosimilitud a la estrategia, Bruno envió mensajes con el móvil de la fallecida en los que explicaba que se encontraba en Barcelona de camino al extranjero.

El condenado hizo desaparecer los cuerpos ocultándolos en un lugar desconocido, aún por determinar. En el registro de su vivienda se encontraron diferentes armas para las que no tenía licencia.

Durante la vista oral su letrado solicitó la eximente al asegurar que estaba privado de sus capacidades mentales, tanto intelectivas como volitivas, sin saber lo que hacía porque padece esquizofrenia paranoide diagnosticada desde el año 2012.

Sin embargo, los psiquiatras establecieron en el juicio que el esquizofrénico "puede estar loco pero no es tonto", y la sentencia asegura que el hecho de que padezca esquizofrenia paranoide no significa que tenga anuladas sus facultades mentales, pues no se ha establecido una relación entre el delirio y los hechos cometidos.

"La elaboración de todos los delitos cometidos, desde la compra de la máquina picadora a nombre de un tercero inexistente, pero con el número de teléfono del acusado y con destino en su domicilio, el hecho de acompañar a Liria asiduamente (...) desde el momento en que fallece su hijo en 2006 y conoce que va a percibir unos ingresos, hasta el engaño a los hermanos de Liria, diciéndoles que se había marchado a Ávila y que no quería verlos, supone una elaboración del delito que en nada acredita que sus facultades mentales estuvieran anuladas ni alteradas gravemente", argumenta la sentencia.