¿Cómo me va a afectar la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual?

¿Cómo me va a afectar la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual?

PEXELS

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que entrará en vigor el 1 de enero de 2015. Las principales novedades que incorpora son la llamada tasa Google —que obligará a los agregadores de contenido, como Google News, a pagar a los editores de noticias, es decir, a webs de información, por enlazarlas— y que penalizará con multas de hasta 600.000 euros a las páginas que ofrezcan enlaces a contenidos pirateados.

¿Todo esto en qué me afecta? ¿Me quedaré sin leer noticias en internet? ¿Podré ver series online? ¿Y si me las descargo? Aquí están las respuestas a tus dudas.

¿QUÉ ES LA TASA GOOGLE?

Es el dinero que tendrán que pagar los agregadores de noticias a partir del 1 de enero de 2015 cuando enlacen a sitios web de información.

"La tasa Google o AEDE (Asociación de Editores de Diarios Españoles) pretende cobrar un derecho por la reproducción de un titular y un pequeño texto de las noticias que se enlazan. Google News hacía un verdadero periódico en el que se podían leer los contenidos de las noticias y el objetivo es que pague por ello", explica la abogada especialista en nuevas tecnologías Paloma Llaneza. Cuando se habla de Google News no sólo se hace referencia a la página de noticias de Google, sino también a las informaciones que te aparecen en el buscador general cuando escribes palabras como 'Rajoy'.

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¿A QUIÉN AFECTA LA TASA GOOGLE?

Sólo a los agregadores de noticias, lo que la ley define con el enrevesado término de "prestadores de servicios electrónicos de agregación de fragmentos no significativos de contenidos divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web de actualización periódica". De esta forma ni los medios de comunicación ni las redes sociales se verán afectados, al menos a priori. Porque, en caso de que los agregadores decidan pagar la tasa Google, los primeros recibirían una compensación económica. Los agregadores abonarían a una entidad de gestión, que parece que será CEDRO, y ésta a su vez compensaría a los editores, siempre y cuando sean socios.

El punto controvertido es que la definición de agregador es muy ambigua y no queda claro qué webs se incluyen en este grupo. El más conocido en España es Google Noticias, pero también lo son Bing Noticias (de Microsoft), Yahoo Noticias y algunas apps móviles que ofrecen revistas con informaciones de distintos medios, como Flipboard.

El agregador Wikinoticias no se incluiría en este grupo porque "en este caso los usuarios agregan las noticias y crean sus propias entradillas", explica el abogado David Maeztu, especializado en propiedad intelectual. Queda en el aire el futuro de páginas como Menéame: "Es un agregador de contenidos, sí, pero los suben los usuarios como en las redes sociales". Amparándose en este punto, la web podría librarse de pagar la tasa Google, aunque sus creadores están convencidos de que la entrada en vigor de la LPI les afectará. El fundador, Ricardo Galli, aseguraba en julio que si salía adelante (como así ha sido) se verían obligados a marcharse de España

¿Y A MÍ CÓMO ME AFECTA LA TASA GOOGLE?

Tu tiempo será el que más sufra con la llegada de la tasa Google. Si Google News cumple su amenaza y se va de España (esto se detalla más adelante) y si otros agregadores deciden no pagar este canon, encontrar información en internet de temas de actualidad llevará mucho más tiempo.

En caso de que así ocurriese, las redes sociales podrían recibir un repunte de usuarios en busca de información de última hora.

¿QUÉ PASARÁ CON GOOGLE A PARTIR DEL 1 DE ENERO?

Quedan dos meses para la entrada en vigor de la ley y por ahora el futuro de Google News está en el aire. A estas alturas lo único que se conoce es el descontento de Google España, que nada más aprobarse la ley, ha expresado su queja a través de un comunicado: "Estamos decepcionados con la nueva ley porque creemos que servicios como Google News ayudan a los editores a llevar tráfico a sus sitios web. Por lo que se refiere al futuro, continuaremos trabajando con los editores españoles para ayudarles a incrementar sus ingresos mientras valoramos nuestras opciones en el marco de la nueva regulación".

El abogado David Maeztu habla de tres opciones, "aunque en cualquier caso es una decisión de Google". Los tres escenarios posibles serían:

  • Cerrar directamente, como ya amenazó. El pasado 15 de octubre se supo que el buscador estaría dispuesto a cerrar el servicio Google News en España si la LPI y su polémico artículo 32.2 seguía adelante. Sería el primer país democrático del mundo en el que la compañía fundada por Larry Page y Sergey Brin cerrara su popular servicio. "Esto sólo afectaría Google News. La duda sería en este caso si en el buscador Google (que a veces muestra noticias entre los primeros resultados) desaparecerían estas opciones", apunta Maeztu.
  • Poner sólo los enlaces, sin foto ni fragmentos. "De esta forma, cuando busque 'ébola en España', por ejemplo, Google News me ofrecería enlaces a medios en los que hay información relacionada con la materia pero sin mostrar el primer párrafo ni tampoco las fotografías", explica el especialista en Propiedad Intelectual David Maeztu. En este caso quedaría una duda en el aire, y es qué ocurriría con los titulares. Según la ley, lo que no se pueden introducir son "fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento" y esto está claro que "hace referencia a las primeras líneas del texto y a las fotografías, pero no se sabe qué pasa con titulares. ¿Se consideran fragmentos no significativos?", se pregunta Maeztu.
  • Pagar a los editores de contenidos de las webs que enlace y continuar su labor en España como ha hecho hasta ahora.

¿PODRÉ SEGUIR VIENDO O DESCARGANDO SERIES O PELÍCULAS ONLINE? ¿QUÉ PASA SI LO HAGO?

Sí, vas a poder seguir viéndolas, pero puede que te sea más difícil encontrar los enlaces para ello.

La ley no va contra el usuario final que reproduce un contenido online, explica Llaneza, por lo que no te expondrás a una multa ni a ninguna otra sanción si decides ver series en páginas como Seriesly o SeriesYonkis.

Tampoco se puede perseguir al usuario que decida descargarse este contenido. "La descarga es un acto alegal, no es ilícito por sí mismo, y no se puede perseguir penalmente al usuario", afirma el abogado experto en derechos civiles en Internet Carlos Sánchez Almeida. "Lo que se va a ver reducido es la posibilidad de informar y compartir ese enlace donde ver un contenido".

La intención de la nueva ley es perseguir a las páginas que alberguen enlaces para acceder a esos contenidos. Sin embargo hay un choque de leyes, como explica Javier de la Cueva, especialista en derecho de las tecnologías de la información, porque se produce una contradicción entre la LPI y jurisprudencia europea: el caso Svensson —cuyo veredicto fue que enlazar a un trabajo previamente publicado no es una infracción del copyright— y una sentencia del 21 de octubre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establece que enlazar un vídeo en una web no es comunicación, por lo que no se puede ir contra esas webs. "Una página de enlaces no puede ser perseguida porque no va dirigida a un público nuevo", dice de la Cueva. Este experto está convencido de que páginas de descarga de contenido o de visionado online nunca desaparecerán: "Se han sucedido las leyes y ¿a que sigues pudiendo ver estas páginas?".

"Va a haber una conflicto entre lo que ha dicho el Tribunal y lo que dice la ley. Veremos cómo se resuelve y lo sabremos cuando a alguien se le cierre la web y se utilice esta sentencia en la defensa", vaticina Maeztu.

¿QUÉ PASA SI TENGO UN BLOG Y ENLAZO A CONTENIDOS DE OTROS?

No ocurrirá nada por enlazar y referenciar al contenido de otros. Un blog es exactamente igual que un medio de comunicación a este respecto. "Ese usuario no debería ser perseguido, aunque eso no significa que no lo vaya a ser", puntualiza Sánchez Almeida.

Sin embargo, como ocurría hasta ahora, la persona que suba a su página contenidos íntegros de otros y sin autorización, podrá ser sancionada.

¿CÓMO AFECTA AL ÁMBITO UNIVERSITARIO?

Hay quien habla de que las matrículas universitarias pueden llegar a subir a partir de la entrada en vigor de esta ley. El motivo es que la universidades españolas, tanto las públicas como las privadas, tendrán que pagar un canon por publicar material académico en sus campus virtuales. "Tendrán que pagar un canon obligatorio a CEDRO por colgar estos contenidos", asegura Javier de la Cueva. "De modo que se quita a los autores el derecho a decidir si quieren regalar sus obras a las universidades".

Para rizar el rizo, este dinero no llegará a muchos autores, porque para recibirlo, tienen que ser socios de CEDRO: "Esto iría en contra de la norma europea que dice que no se puede quitar al autor su derecho a ceder su conocimiento a la humanidad", esgrime de la Cueva.

Por otro lado, con la nueva ley, centros de enseñanza reglada e investigadores podrán utilizar gratuitamente pequeños fragmentos de obras o material plástico o fotográfico aislado como ilustración. En este sentido, los profesores "tendrán más posibilidades de hacer más completo su material docente", apunta Maeztu.

¿PODRÁN LOS MEDIOS ENLAZAR A OTROS MEDIOS?

Algunos medios de comunicación, entre ellos El Huffington Post, recomiendan noticias publicadas en otras web limitándose a reproducir el fragmento inicial e incluir una fotografía. A partir del 1 de enero, esta práctica puede generarles la obligación de pagar.

"Esto que es lícito y beneficia a ambos y que no supone una conducta parasitaria, quedará bastante limitado por la nueva regulación del derecho de cita", reflexiona Sánchez Almeida. "De esta forma, se restringiría el derecho de compartir información".

Según este abogado, la LPI nace muerta: "Internet es una inmensa máquina de copiar y todo aquello que vaya contra ello se estrellará".